Los primeros intentos por construir una oficina para el Gobernador en el puerto de La Paz


Imagen ilustrativa de un ejemplo de cómo 
pudo haber sido la Casa Consistorial de La Paz

Autor Sealtiel Enciso Pérez

Existen documentos en el Archivo Histórico del estado "Pablo L. Martínez" como son las Actas de la sesiones del Ayuntamiento de La Paz, correspondientes al 8 de noviembre y 14 de diciembre de 1834, 15 de marzo de 1847 y 28 de diciembre de 1849, en donde se menciona la existencia de un edificio en el cual se llevaron a cabo las sesiones del Cabildo el cual fue electo, el primero, en el año de 1830. En estos documentos se denomina como Casa Consistorial o Municipal a este edificio, sin embargo también se describe la precariedad del mismo ya que con el paso del tiempo se le fueron cayendo las ventanas y puertas y se carecía de un presupuesto para su mantenimiento y reparación.

En las mencionadas actas se describe que fue necesario, por la decadencia de la mencionada Casa, que las sesiones de cabildo se llevaran a cabo en las casas de los miembros del cuerpo municipal o en algún sitio que amablemente les facilitaran para ello. Fue en una sesión del cabildo de fecha 22 de enero de 1858, que se trata el punto de la construcción de un edificio que albergue no solo al cuepo del cabildo sino también al gobierno del territorio. Incluso quedó asentado en este documento que la anterior Casa Consistorial se destruyó por efecto de los huracanes que azotaron la ciudad.



Fue precisamente el gobernador Teodoro Riveroll el que informa al presidente de la república de la necesidad de la construcción de este edificio en documento signado y con fecha de 1861, el cual dice lo siguiente:

Considerando este gobierno que no tiene en propiedad un local para establecer las oficinas públicas, que no hay cárcel, despacho de justicia, ni casa municipal, que para estas oficinas y otras necesarias para la administración pública se están pagando en esta capital rentas excesivas que absorben una gran parte de los escasísimos rendimientos de las aduanas marítimas y terrestre, paralizando más la marcha del gobierno, quien frecuentemente se encuentra en los mayores apuros por no poder pagar las más de las veces con puntualidad a los propietarios las rentas de sus casas, cuyas localidades, ni son decentes, ni bastante capaces […], ha resuelto:

Primero: Que se construya un edificio público en la mesa nordeste de este puerto, llamada del cuartel, y en el punto que se designará y sea más conveniente. 

Segundo: Que dicho edificio debe contener los departamentos siguientes: oficinas de gobierno, casa municipal, aduana marítima y terrestre, tribunal de 2ª Instancia, juzgado de Primera Instancia, local del registro civil, escuelas para la juventud de ambos sexos, cuerpo de guardias de policía, almacén, cárcel pública para hombres y mujeres con la conveniente seguridad y los separos necesarios.

[Asimismo, afirmaba] que [las] fincas urbanas son jacales o cuando más cuartos de adobe.

Bibliografía: 

La Paz, sus tiempos y espacios sociales - Edith González Cruz, Ignacio Rivas Hernández y Francisco Altable



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